lunes, 21 de abril de 2014

DERECHO PENAL
PRESENTACIÓN
El Derecho Penal es una parte del Derecho Público, protege las garantías individuales a través de la imposición de penas a quiénes realizan actos u omiten acciones establecidas en la ley. Utiliza conceptos como delito, pena, medidas de seguridad para determinar su acto de competencia.
Un delito es una acción u omisión que realizan los sujetos en perjuicio de otros.
Los códigos penales agrupan a los delitos de acuerdo con el bien jurídico que ofenden, por ejemplo:
La vida = homicidio
El honor= injurias
La libertad= secuestro
La familia = bigamia
Los códigos civiles y las instituciones públicas en esta materia dictan medidas de seguridad para corregir la conducta, fomentando en diversas ocasiones la rehabilitación y reincorporación de un delincuente nuevamente a la vida social.
A continuación se describe de manera general los elementos que integran el Derecho Penal, la definición de delito, los tipos de delito y las medidas de seguridad establecidas por el Código Penal Federal en México.

DESARROLLO
GENERALIDADES
“Si los hombres respetaran voluntariamente esas normas” el derecho sería innecesaria; pero los seres humanos a causas de sus debilidades realizan de manera constante transgresiones al orden jurídico estableció, por lo tanto debe actuar la normatividad jurídica (Gidi, 2007).
El derecho Penal es entendido como la rama del Derecho que estudia el fenómeno criminal, el delito, el delincuente y la pena. Se ubica como rama del Derecho público, porque protege los bienes jurídicos de los ataques que los afectan y con ello lesionan la seguridad jurídica. Regula los delitos que ejercen los sujetos contra otros afectando su integridad y la vida misma.
El contenido del Derecho Penal es muy variable, dependiendo del lugar y la época. La última visión que representa el mundo contemporáneo, la grave situación por la que atraviesa la sociedad inmersa en violencia, terrorismo, narcotráfico, entre otros, ha dado lugar a un retroceso en materia penal, porque de forma cotidiana se han dado casos de linchamiento y de venganza privada. La solución sería que las personas que cometen actos ilícitos sean rehabilitadas y reintegradas con valores en la sociedad, sin embargo como no han sido funcionales los instrumentos lo ideal sería la prevención.
Para entender el Derecho Penal, es importante puntualizar sus elementos, entre los que destacan:
a) Teoría de la ley penal
b) Teoría del delito 3
c) Teoría de la pena y las medidas de seguridad
La teoría de la ley penal estudia las reglas de aplicación según los sujetos, la materia y el territorio donde se cometan los delitos. La teoría del delito, elabora una construcción lógica para analizar los elementos predominantes para que una conducta sea considerara como delito: el Código Penal hace referencia a “el que o quiénes” realizan u omiten una acción, y determina como delito lo siguiente:
Un delito desde es toda acción u omisión ilícita y culpable expresamente descrita por la ley bajo la amenaza de una pena o sanción.
El Código Penal de 1931, reformado por última vez el 28 de enero del 2009, clasifica a los delitos de la siguiente manera:
 Delitos contra la seguridad de la nación: traición a la patria, espionaje, sedición, motín, rebelión, terrorismo, sabotaje y conspiración.
 Delitos contra el derecho internacional: piratería, violación de inmunidad y de neutralidad, terrorismo, etc.
 Delitos contra la humanidad: genocidio
 Delitos contra la seguridad pública: evasión de presos, quebrantamiento de la sanción, uso de armas prohibidas y participación en asociaciones delictuosas.
 Delitos en materia de vías de comunicación y correspondencia: ataques o violación de correspondencia, uso ilícito de instalaciones de tránsito aéreo, delitos de correspondencia.
 Delitos contra la autoridad: desobediencia y resistencia de particulares, oposición a trabajos públicos y quebrantamiento de sellos.
 Delitos cometidos contra funcionarios públicos
 Delitos contra la salud: producción, tenencia o tráfico de narcóticos y de contagio. 4
 Delitos contra el libre desarrollo de la personalidad: corrupción de menores, pornografía, turismo sexual, lenocinio, trata de personas, etc.
 Revelación de secretos y acceso a sistemas informáticos sin autorización
 Delitos de los servidores públicos: abuso de autoridad, ejercicio indebido del servidor público, desaparición de personas, uso indebido de atribuciones o facultades, intimidación, tráfico de influencia, cohecho, peculado y enriquecimiento ilícito.
 Delitos contra la administración de justicia
 Falsedad: falsificación y utilización indebida de títulos al portador, documentos de crédito público y documentos relativos al crédito; falsedad de declaración ante alguna autoridad judicial; variación de nombre e identidad y usurpación de funciones públicas o profesión
 Delitos contra la economía pública
 Delitos contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual: hostigamiento, abuso sexual, adulterio, etc.
 Delitos contra el estado civil
 Delitos en materia de inhumaciones y exhumaciones
 Delitos contra la paz y la seguridad de las personas: amenazas y allanamiento de morada.
 Delitos contra la vida y la integridad corporal: lesiones, homicidio, infanticidio, aborto, abandono de personas y violencia intrafamiliar.
 Delitos contra el honor: golpes, difamación, etc.
 Delitos contra las personas en su patrimonio: robo, abuso de confianza, fraude, etc.
 Encubrimiento y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
 Delitos electorales
 Delitos contra el medio ambiente.
Los especialistas hacen una definición analítica en la que nos dicen que son cuatro elementos que deben presentarse para que exista un delito: 5
El primer elemento debe ser una conducta activa, alguien que haga lo que está prohibido o cuando no se hace lo debido. Por ejemplo, cuando alguien lesiona con un cuchillo o mata a una persona. En el caso de la omisiva es cuando una persona que atropella a otra sale huyendo del lugar sin brindar apoyo o atención al herido, o bien, cuando una madre deja de darle de alimentar a su hijo con la intención de que éste muera.
El segundo es la tipicidad, que este escrito o establecido por la ley; el tercero la antijuridicidad consiste en restringir en un caso particular el alcance de la ley, por ejemplo este tipificado el homicidio pero en el caso de un médico que realiza una operación y produce una lesión al organismo como parte de la cirugia y produce la muerte en ese momento puede tener justificación porque está realizando una conducta autorizada por su profesión. Y el cuarto, la culpabilidad se refiere al lado interno o psicológico del delito, es decir los elementos que dan fundamento al delito.
El último elemento del Derecho Penal es la teoría de la pena, que explica la naturaleza de la misma como un mal que se debe limitar. Solo es aplicable cuando se ha cometido un delito. La pena se considera como la consecución jurídica del delito, toda persona que comete un delito se hace acreedora a que el Estado le imponga una pena y quedarán subordinadas a los ordenamientos penales de cada país.
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JOSE IVAN CUAQUENTZI MENDOZA

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